El pasado 26 de marzo, realizamos una importante jornada sobre el tema: “Gestión para afrontar el estrés” en la obra Mejoramiento de los servicios de educación tecnológica Federico Uranga, ubicada en el distrito de Independencia – Provincia de Pisco, ejecutada por la empresa Emobyser Contratistas Generales S.A.C.
💡 Durante la sesión, compartimos herramientas prácticas para que los trabajadores puedan identificar sus niveles de estrés, establecer áreas de autocuidado y aplicar estrategias para su prevención y manejo, promoviendo así un entorno laboral más saludable y productivo.
🏗️ En CONA reafirmamos nuestro compromiso de llegar a todos los rincones del país llevando programas que mejoren el bienestar físico, emocional y laboral de nuestros aportantes.
📢 𝗣𝗼𝗿𝗾𝘂𝗲 𝗰𝘂𝗶𝗱𝗮𝗿 𝘁𝘂 𝘀𝗮𝗹𝘂𝗱 𝘁𝗮𝗺𝗯𝗶𝗲́𝗻 𝗲𝘀 𝗰𝗼𝗻𝘀𝘁𝗿𝘂𝗶𝗿 𝘂𝗻 𝗺𝗲𝗷𝗼𝗿 𝗳𝘂𝘁𝘂𝗿𝗼.
🔗 Conoce más sobre nuestros servicios en 👉 www.conafovicer.com
 
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SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL que:

El COMITÉ NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS Y CENTROS RECREACIONALES PARA LOS TRABAJADORES DE CONSTRUCCIÓN CIVIL DEL PERÚ – CONAFOVICER, es una persona jurídica de derecho privado inscrita en Registros Públicos, que se constituyó por acuerdo en una negociación colectiva entre trabajadores y empleadores de Construcción Civil en el año 1975.

Como institución privada, y conforme con la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, CONAFOVICER no es una entidad pública ni una empresa del estado. De otro lado, ni en dicha norma ni en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda y Construcción, figura el CONAFOVICER como parte de este sector, ni de ningún sector de la Administración Pública.

En consecuencia, mientras no exista acuerdo entre CAPECO y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú - FTCCP, y aun existiendo este acuerdo, el Poder Ejecutivo no tiene competencia para aprobar unilateralmente modificación alguna del estatuto del CONAFOVICER; ello implicaría un acto indebido  de intervención estatal en la autonomía de una asociación privada, y una vulneración flagrante a las leyes vigentes de la Nación y de los derechos protegidos por la Constitución Política del Perú.

Que, mediante un artificio legal, el gobierno intente modificar, en todo o en parte,  el Estatuto de una entidad privada como CONAFOVICER crearía un grave precedente de inestabilidad jurídica en el país.

 COMUNICADO PAG WEB

COMUNICADO

CONAFOVICER informa a la opinión pública que todos los trámites y procesos con la institución se realizan exclusivamente a través de nuestros canales oficiales:

- Página web oficial: (www.conafovicer.com)

- Mesa de partes virtual: (https://mesadepartes.conafovicer.com)

- Correos electrónicos con el dominio @conafovicer.com 

Comunicamos a nuestra usuarios sobre la existencia de terceros que utilizan canales no oficiales para actividades irregulares. Les instamos a no brindar información personal ni realizar transacciones fuera de los canales indicados.

Lima, 10 de febrero de 2025

 

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