REGISTRO UNIFICADO DE OBRAS Y TRABAJADORES Y FORMALIZACIÓN DEL SECTOR CONSTRUCCIÓN

Dr. Rudecindo Vega

Hace poco más de 6 años, el 4 de setiembre del 2013, mediante el DS 08-2013-TR, se creo el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil (RENOCC) con la doble finalidad de: proveer de información a la actividad de la construcción y prevención de la violencia en la contratación de los trabajadores de construcción civil. Este Registro es administrado por el Ministerio de Trabajo y elaborado conjuntamente con las Direcciones Regionales de Trabajo.

Lamentablemente poco se sabe o conoce de la existencia y funcionamiento de este RENOCC, el cual, conjuntamente con el registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil (RETCC) son dos instrumentos centrales para la formalización del Sector Construcción.

No debería existir ninguna obra de construcción civil en el país, publica o privada, que no este inscrita en el RENOCC siempre que se cumplan con los requisitos siguientes:

      1. La obra sea superior a las 50 UIT, excluyendo a las personas naturales que construyen sus propias viviendas.
      2. Es actividad de construcción civil aquella contenida en la Gran División 5 de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de las Naciones Unidas (CIIU), Revisión 3.

 El sesgo laboralista del mencionado RENOCC y su descentralización vía las Direcciones Regionales de Trabajo no han permitido que este registro se constituya en un instrumento de gestión gubernamental de obligatorio cumplimiento a nivel nacional.

Una experiencia importante en este aspecto es el modelo Argentino, seguido y desnaturalizado por la normativa peruana. Nos explicamos: en Argentina en la década de los 90, en pleno auge de privatizaciones a nivel mundial, el Gobierno de dicho país decidió ceder ciertas funciones públicas para su realización por organismos privados. En el caso del Sector Construcción el Ministerio de Trabajo de dicho país cedió (privatizó) la función pública  de registro de obras de construcción, registro de trabajadores de construcción civil y fiscalización de las mismas al Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC) que es una institución privada creada y gestionada de forma paritaria por la Cámara Argentina de la Construcción (CAC) y la Unión Obrera de la Construcción de la República de Argentina (UOCRA).

La atribución pública que hoy es ejecutada por el IERIC, a nombre del Estado Argentino y dando cuenta al Ministerio de Trabajo, es de alcance nacional y trasversal a toda la estructura del estado pues abarca a todas las actividades de construcción de todos los sectores gubernamentales y a todos los niveles de gobierno ya sean del ámbito público o privado. El IERIC, siendo una institución privada es la autoridad pública que produce información del sector construcción, registra obras y trabajadores de construcción civil y fiscaliza las mismas en todo Argentina. Y por ello, es la institución encargada de la certificación ocupacional de los trabajadores de construcción civil en todo el país.

El Registro Argentino es ÚNICO. El empresario registra la obra a realizar y con ella registra a todos los trabajadores de construcción de esta. De esa manera, la información está concentrada y centralizada en un solo registro y en una sola institución. En el Perú, desnaturalizando dicha experiencia se decidió crear DOS REGISTROS con existencia propia: el de obras y el de trabajadores. Ambos están en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el mismo Viceministerio y bajo el ámbito de la Dirección General de Trabajo.

Haría bien el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en unificar dichos Registros, además de concentrar y centralizar la información de la industria de la construcción, simplificar administrativamente la gestión de los registros, modernizaría y mejoraría su gestión y, ayudaría en mucho a impulsar la formalización del sector construcción tanto en el ámbito público como en el privado a nivel nacional.

Un Registro Unificado de Obras y Trabajadores de Construcción Civil seguramente intercambiaría información y mejoraría la gestión de la planilla electrónica del Ministerio de Trabajo y de la Superintendencia de Fiscalización Laboral. Sin la menor duda sería un extraordinario instrumento de Formalización Laboral que podría servir de buena práctica a otras actividades económicas del país.

En el Perú existe una buena práctica empresarial y laboral en el sector construcción que lo vienen realizando hace más de 17 años la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP), no solo en sus negociaciones colectivas sino en la elaboración de propuestas para fortalecer y mejorar el sector. El CONAFOVICER que es una institución creada por ambas y cuenta en su Directorio con la representación del Estado es un instrumento articulador y de soporte para actividades en beneficio de los trabajadores, la formalización laboral y el fortalecimiento del sector. Existe un gran trabajo conjunto entre las tres instituciones hoy fortalecidas por diversos convenios interinstitucionales, además de otros con los Ministerios de Vivienda, de Trabajo y del Interior. Todo ello en realidad se fortalecería aún más con la constitución del Registro Unificado de Obras y Trabajadores de Construcción Civil. El Sector está listo para sumar en ese esfuerzo ojalá pronto el Ministerio de trabajo y Promoción del Empleo tome la decisión al respecto.

Rudecindo Vega Carreazo, exministro de Vivienda